Te decimos si es legal que revisen tu ticket de compra antes de salir del supermercado

22/02/2021

Te decimos si es legal que revisen tu ticket de compra antes de salir del supermercado. Foto: Pixabay.

Te decimos si es legal que revisen tu ticket de compra antes de salir del supermercado. Foto: Pixabay.

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Seguramente te ha pasado que en algunas tiendas departamentales o supermercados optan por pedirte tu ticket de compra para salir de la tienda o para verificar que todos tus artículos comprados corresponden al mismo recibo.

Quizá te parece normal o segura esta acción, que muchas se implementa con el objetivo de reducir el robo de mercancia. Sin embargo, hoy te contamos si esta es una acción totalmente legal.

Los artículos 9o y 10 de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC), los proveedores de bienes o servicios, tienen prohibido llevar acciones que atenten contra la libertad o seguridad de los consumidores, con el pretexto de registro o averiguación.

ARTÍCULO 10.- Queda prohibido a cualquier proveedor de bienes o servicios llevar a cabo acciones que atenten contra la libertad o seguridad o integridad personales de los consumidores bajo pretexto de registro o averiguación. En el caso de que alguien sea sorprendido en la comisión flagrante de un delito, los proveedores, sus agentes o empleados se limitarán, bajo su responsabilidad, a poner sin demora al presunto infractor a disposición de la autoridad competente. La infracción de esta disposición se sancionará de acuerdo con lo previsto en esta ley, independientemente de la reparación del daño moral y la indemnización por los daños y perjuicios ocasionados en caso de no comprobarse el delito imputado.”

En el caso de que algún cliente sea sorprendido en la comisión de un delito, los proveedores, agentes o empleados, sólo deben limitarse a poner al presunto infractor a disposición de las autoridades correspondientes.

En el caso se continuar con la revisión a los clientes, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), está facultada para multar con 834.15 y hasta 3,262,498.76 pesos, en términos de la LFPC.

Además, se tendrá que hacer la reparación del daño moral e indemnizar por daños y perjuicios ocasionados, si no se puede comprobar la comisión del delito señalado.

La Profeco ha hecho un llamado a las tiendas de autoservicio, para que desistan de llevar a cabo este tipo de revisiones, y advirtieron que harían operativos de vigilancia.

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