Nueva Ley de Bienestar Animal: Así funcionarán las multas, arrestos y el Padrón de Infractores

 México ya tiene un marco de consecuencias administrativas severas para frenar el maltrato y la negligencia hacia los animales. Te explicamos en qué consiste

El Senado aprobó reglas más estrictas contra el maltrato a animales.
El Senado aprobó reglas más estrictas contra el maltrato a animales.Canva

Tras la aprobación en el Senado de la nueva Ley de Bienestar Animal, México cuenta con un marco de consecuencias administrativas severas para frenar el maltrato y la negligencia hacia los animales.

A través del Capítulo IV (artículos 115 al 119), la ley fija un catálogo de sanciones administrativas que abarca desde multas económicas en UMA y arrestos hasta la creación del Padrón de Infractores, un registro oficial que inhabilitará a los sancionados para volver a comercializar, criar o tener bajo su resguardo a cualquier especie.

1. Catálogo de Sanciones Administrativas (Artículo 115)

Las autoridades competentes impondrán sanciones a personas físicas o morales que vulneren los principios de trato digno y respetuoso hacia los animales. El catálogo comprende:

  • Amonestación con apercibimiento: Notificación formal por escrito para corregir conductas irregulares menores.
  • Multa económica: Calculada en Unidades de Medida y Actualización (UMA), la cual se graduará de acuerdo con la gravedad de la falta.
  • Arresto administrativo: Hasta por 36 horas para casos de flagrancia o incumplimiento de medidas precautorias.
  • Clausura temporal o definitiva: Parcial o total de establecimientos, criaderos, albergues, veterinarias o comercios que infrinjan la norma.
  • Decomiso de animales e instrumentos: Aseguramiento definitivo de los ejemplares afectados, así como de herramientas o vehículos utilizados en el ilícito.
  • Revocación de licencias: Cancelación de permisos de operación, registros o autorizaciones comerciales.
Los animales decomisados irán a santuarios y centros de rescate autorizados.
Los animales decomisados irán a santuarios y centros de rescate autorizados.Canva

2. Criterios de Aplicación y Reincidencia (Artículos 116 y 117) 

Para determinar la severidad del castigo, la autoridad evaluará la intencionalidad, el sufrimiento ocasionado al animal, el impacto en su salud y la capacidad económica del infractor.

  • Reincidencia: Si el infractor comete la misma falta en un periodo de dos años, la multa económica se duplicará automáticamente y se aplicará de forma directa la clausura o revocación de licencias de operación.

3. Padrón de Infractores en Materia de Bienestar Animal (Artículo 118) 

Es la principal innovación administrativa de la ley para evitar que agresores o comercios irresponsables reincidan.

  • Naturaleza del registro: Base de datos oficial donde quedan inscritas las personas físicas o morales sancionadas mediante resolución firme.
  • Inhabilitación inmediata: Quedar inscrito en el padrón bloquea de manera automática el acceso a licencias para la cría, venta, adiestramiento, guardería o albergue de animales.
  • Prohibición de tenencia: La autoridad podrá dictar la inhabilitación para la posesión de animales de compañía por periodos que van desde un año hasta la inhabilitación definitiva en casos graves.
  • Pérdida de incentivos: Imposibilidad de recibir subsidios, apoyos públicos o participar en licitaciones gubernamentales relacionadas con el sector ganadero o de fauna.
Lo recaudado por multas se usará en esterilizaciones gratuitas y refugios públicos.
Lo recaudado por multas se usará en esterilizaciones gratuitas y refugios públicos.Canva

4. Aseguramiento y Destino de Recursos (Artículo 119)

  • Resguardo prioritario: Los ejemplares decomisados serán puestos bajo la custodia inmediata de centros de rescate, santuarios o albergues acreditados para garantizar su rehabilitación médica y socialización.
  • Fondo para el bienestar: Los ingresos recaudados por concepto de multas administrativas se destinarán a programas de esterilización gratuita, infraestructura de refugios públicos y campañas de concientización.
mgid