Jorge Sales descarta éxito de amparos contra suspensión de Modalidad 40

El acuerdo del Consejo Técnico del IMSS que frena el ingreso a la Modalidad 40 por seis meses está técnicamente blindado y no vulnera derechos adquiridos de los inscritos. Jorge Sales Boyoli, abogado laboralista y socio de la firma Sales Boyoli, descarta la efectividad de los juicios de amparo ante la temporalidad de la medida.

Por: María Sofía Rivera Ramírez

El abogado laboralista detalló que la resolución del IMSS contempla un análisis económico sobre la viabilidad de la Modalidad 40
El abogado laboralista detalló que la resolución del IMSS contempla un análisis económico sobre la viabilidad de la Modalidad 40Foto generada por IA

Jorge Sales Boyoli, socio de la firma Sales Boyoli y especialista en derecho laboral, descartó la viabilidad legal de los juicios de amparo promovidos tras la publicación del acuerdo del Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en el Diario Oficial de la Federación, el cual suspende por seis meses la incorporación de nuevos asegurados a la Modalidad 40.

En entrevista con Rogelio Varela para Imagen Radio, el especialista precisó que la disposición administrativa no modifica ni deroga la Ley del Seguro Social, sino que impone una pausa operativa para realizar un análisis actuarial sobre el impacto financiero de este esquema de continuación voluntaria en el régimen obligatorio.

"Técnicamente el acuerdo no se está extralimitando en sus funciones ni en su competencia. Simplemente está diciendo: 'vamos a cerrar la ventanilla para que ya no entren personas a esta modalidad y déjenos revisar a ver cómo queda'. Técnicamente está razonablemente blindado".

Alcance técnico de las medidas temporales del IMSS

El abogado laboralista detalló que la resolución publicada por el órgano de gobierno del IMSS contempla únicamente la elaboración de un dictamen económico sobre la viabilidad de la Modalidad 40 y la aplicación de reglas temporales de aseguramiento mientras concluye dicho estudio técnico.

Sales Boyoli añadió que la medida respeta íntegramente los derechos adquiridos de los trabajadores que ya cotizan bajo este esquema, por lo que la interrupción del trámite aplica en forma exclusiva a las solicitudes de nuevo ingreso durante el periodo de evaluación de seis meses.

"El Consejo Técnico lo que no está diciendo es 'cámbiense la ley, suspéndase o modifíquese'. Simplemente está pidiendo que se ponga en pausa esta modalidad respetando los derechos adquiridos de quienes ya están adentro. Se está permitiendo que se haga un análisis y que con ese análisis se defina si es necesario modificar o no la ley".

Factores que frenan la prosperidad de los recursos judiciales

Respecto a las estrategias jurídicas anunciadas contra la medida, el especialista sostuvo que la interposición de amparos por parte de partidos políticos o despachos legales responde más a cálculos mediáticos que a fundamentos procesales viables.

El litigante señaló que los tiempos de resolución en los tribunales federales superan el plazo de seis meses establecido para la vigencia del estudio del instituto, a lo que se suma el nuevo perfil del personal juzgador tras la implementación de la reforma judicial.

"Un amparo puede tardar más de seis meses y hay que recordar que aquí el periodo es de seis meses para que haya un pronunciamiento del análisis del Seguro Social. Segundo, porque con la reforma al Poder Judicial la estructura tiene, al menos en un 50 %, a jueces electos bajo este nuevo régimen, por lo que no podríamos esperar algo diferente".

Origen del déficit financiero en el esquema de jubilación

El especialista atribuyó la presión financiera sobre el Seguro Social a la creación previa de esquemas para compensar una tasa de reemplazo que en México se ubica en un promedio de 35 % del último salario registrado.

El litigante puntualizó que la Modalidad 40 permitió elevar la base de cotización en los últimos cinco años de vida laboral, situación que generó un desequilibrio al combinarse con un mercado de trabajo marcado por la informalidad y la subcotización.

Impacto de la informalidad y la subcotización patronal

El socio de Sales Boyoli advirtió que las restricciones impuestas por el instituto atienden a un problema estructural originado por la evasión en el registro de los salarios reales de los trabajadores y el elevado porcentaje de empleo no formal en el país.

El abogado concluyó que la recaudación del sistema de seguridad social se encuentra mermada por el incumplimiento de las aportaciones obligatorias de la mayoría de la población ocupada, lo que obliga a revisar los mecanismos de financiamiento para el retiro.

Hoy estamos pagando la factura de subcotizar, de tener un mercado laboral donde el 53 % está en la informalidad y no paga seguridad social. La coperacha que se hace en el Seguro Social está mermada porque más de la mitad del mercado laboral no pone en esa vaquita. Estamos atacando un síntoma y no la enfermedad" concluyó.

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