Tope a la Modalidad 40 del IMSS: Qué cambió, a quiénes afecta y quiénes quedan protegidos

Las nuevas disposiciones, publicadas en el Diario Oficial de la Federación, fijan un tope salarial para los nuevos registros (último sueldo base más una UMA), eliminan los pagos retroactivos y establecen el trámite 100% digital

Alrededor de 798 mil pensiones se encuentra vigentes bajo la Modalidad 40.
Alrededor de 798 mil pensiones se encuentra vigentes bajo la Modalidad 40.Especial

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) puso en marcha un ajuste operativo de carácter temporal a la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio, conocida como Modalidad 40, el esquema que permite a los trabajadores bajo la Ley del Seguro Social de 1973 aportar por cuenta propia para elevar su monto de retiro.

Las nuevas disposiciones, publicadas por el Consejo Técnico en el Diario Oficial de la Federación (DOF), fijan un tope salarial para los nuevos registros (último sueldo base más una UMA), eliminan los pagos retroactivos y establecen el trámite 100% digital.

La medida no afecta a los 798 mil pensionados actuales ni a quienes ya están inscritos en el esquema, cuyos derechos, semanas y pagos previos permanecen intactos.

¿Qué es la Modalidad 40 y a quién le interesa?

La Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio es un mecanismo legal contemplado para las personas que dejaron de cotizar con un patrón pero desean continuar aportando de manera voluntaria al IMSS.

Su principal atractivo radica en los asegurados amparados bajo el régimen de la Ley del Seguro Social de 1973 (quienes comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997).

Este grupo calcula su pensión con base en dos variables: el número total de semanas cotizadas y el promedio del salario registrado durante las últimas 250 semanas cotizadas (aproximadamente cinco años).

Durante décadas, el esquema permitió financiar aportaciones sobre salarios elevados en la recta final de la vida laboral para maximizar la pensión mensual.

¿A quiénes NO les afecta este cambio?

Para evitar desinformación, el acuerdo del IMSS delimita con claridad quiénes conservan sus condiciones actuales.

  • Pensionados actuales: Las 798 mil personas que ya reciben una pensión bajo la Modalidad 40 no sufrirán ninguna reducción ni cambio en sus pagos. Continuarán cobrando sus depósitos habituales (con un promedio actual de 25,694 pesos mensuales), garantizados con recursos del Gobierno federal.
  • Personas ya inscritas: Quienes estaban dados de alta en la Modalidad 40 antes del 22 de octubre de 2026 mantienen sus semanas cotizadas, aportaciones y las condiciones salariales contratadas hasta la culminación de su periodo.
  • Historial acumulado: No se borran semanas ni aportaciones pasadas a ningún trabajador.

Los 4 cambios clave para nuevas solicitudes

  • A. Límite al salario base de registro
  • Anteriormente, una persona que ganaba 300 pesos diarios en su último empleo podía inscribirse a la Modalidad 40 cotizando con el tope máximo de 25 UMAs (dos mil 932 pesos diarios en 2026) para elevar exponencialmente su promedio final.
  • Con la nueva disposición, el salario de inscripción estará limitado a su último Salario Base de Cotización (SBC) reportado ante el instituto al momento de la baja, pudiendo adicionar como máximo el valor de una UMA diaria ($117.31 pesos en 2026), respetando el piso del salario mínimo.
  • Ejemplo práctico:
  • Si un trabajador fue dado de baja con un salario diario de 500 pesos, antes podía dar el salto a cotizar con dos mil 932 pesos diarios. Ahora, con el margen máximo permitido (su sueldo más una UMA), su tope diario de aportación será de 617.31 pesos.
  • B. Cancelación de pagos retroactivos
  • Antes, un empleado que llevaba dos o tres años sin cotizar podía inscribirse pagando retroactivamente las cuotas de esos años en una sola exhibición para "recuperar" esas semanas y promediar salarios altos. A partir de ahora, la inscripción corre únicamente hacia adelante, a partir del día en que se ingresa la solicitud digital.
  • C. Trámite 100% digital
  • Para evitar intermediarios, gestorías irregulares y garantizar la rastreabilidad de los pagos, la inscripción y obtención de líneas de captura se procesará exclusivamente por internet a través del Portal Ciudadano del IMSS.
  • D. Incompatibilidad con trabajadores independientes
  • El esquema para Personas Trabajadoras Independientes ya no podrá contratarse simultáneamente con la Modalidad 40, ni sus semanas podrán combinarse para acreditar requisitos de acceso a este beneficio.

¿Por qué se tomó esta medida y cuánto durará?

La presidenta Claudia Sheinbaum y las autoridades del Seguro Social señalaron que la medida busca frenar esquemas de simulación laboral y presuntos fraudes que implican un impacto de cientos de miles de millones de pesos a las finanzas públicas por concepto de pensiones desproporcionadas respecto a lo efectivamente cotizado.

Por su parte, analistas financieros como Carlos Ramírez Fuentes, socio director de Integralia Consultores y expresidente de la Consar, explican que la decisión obedece a la estrechez presupuestal del IMSS frente a una nómina pensionaria altamente costosa, funcionando como una medida de contención que aporta oxígeno a las finanzas del Estado, aunque cambia de forma imprevista las reglas para quienes planificaban su retiro a futuro.

El acuerdo tiene carácter temporal. El Consejo Técnico del IMSS instruyó a su Dirección de Finanzas a entregar en un plazo de seis meses un estudio financiero y actuarial sobre el impacto de la modalidad. Posteriormente, la Dirección Jurídica tendrá otros seis meses para presentar una propuesta normativa definitiva.

El escenario legal: amparos y debate en el Congreso

La publicación del decreto abrió un frente de controversia constitucional.

  • Inconformidad opositora: Legisladores del PAN (como el diputado Héctor Saúl Téllez) y del PRI (como las senadoras Claudia Anaya y el diputado Rubén Moreira) calificaron el acuerdo de ilegal e inconstitucional por considerar que un decreto administrativo no puede suspender o limitar derechos establecidos en la Ley del Seguro Social, por lo que anunciaron asesoría para juicios de amparo y pidieron promover una controversia constitucional.
  • Postura del Poder Legislativo: El presidente del Senado, Higinio Martínez, confirmó que el Congreso revisará si el instituto invadió facultades exclusivas del Legislativo. A su vez, el presidente de la Jucopo en San Lázaro, Ricardo Monreal, reconoció la validez del decreto presidencial para atender una circunstancia específica, pero coincidió en que el Congreso de la Unión debe legislar para darle definitividad y certeza jurídica a las normas de seguridad social.

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