¿Recibiste una factura falsa? Así puedes evitar que el SAT cancele tu sello digital
SAT advierte que contribuyentes con comprobantes fiscales falsos deberán corregir declaraciones o podrían perder su sello digital.

Los contribuyentes que hayan recibido comprobantes fiscales falsos deberán corregir los efectos fiscales correspondientes mediante la presentación de declaración complementaria, o se harán acreedores a la cancelación del sello fiscal digital.
Los contribuyentes en esta situación contarán con un plazo de 30 días naturales, contados a partir de la fecha de publicación en el DOF, que fue el 10 de julio de 2026. En caso de no hacerlo, la autoridad fiscal restringirá temporalmente el uso de los certificados de sello digital para la emisión de comprobantes fiscales”, aseguró la presidenta del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), Ludivina Leija Rodríguez.
Cabe recordar que el 10 de julio se publicó el listado de contribuyentes que no desvirtuaron la presunción de emisión de comprobantes fiscales que amparan operaciones inexistentes.
Esta publicación tiene como finalidad que los receptores de dichas facturas conozcan su situación y, dentro de un plazo de 30 días naturales, regularicen su situación fiscal mediante la presentación de la declaración complementaria correspondiente para revertir los efectos fiscales de los comprobantes recibidos.

En consecuencia, los contribuyentes que hayan recibido facturas falsas de empresas incluidas en el listado del 10 de julio deberán presentar la declaración complementaria a más tardar el 9 de agosto. En caso contrario, a partir del 10 de agosto el SAT podrá restringir temporalmente su sello fiscal. Si posteriormente no subsanan o desvirtúan dicha situación dentro del plazo de 40 días, la autoridad podrá dejar sin efectos de manera definitiva el certificado”, explicó Luis Carlos Figueria Moncada, vicepresidente Fiscal.
Detalló que con la declaración complementaria se deberá informar a la autoridad el deslinde de esos comprobantes fiscales falsos; de lo contrario, habría sanciones que van desde multa hasta la propia cancelación de poder facturar.
Llegar a un término de cancelación definitiva de los sellos fiscales digitales frenaría la operación o las transacciones económicas del contribuyente, porque no habría manera de facturar ni nómina ni operaciones comerciales”, advirtió el experto.

En conferencia de prensa, recomendó a los causantes atender de manera oportuna las acciones del programa de vigilancia profunda del Servicio de Administración Tributaria (SAT), así como los avisos enviados por correo electrónico, Buzón Tributario y mensajes SMS, a fin de corregir cualquier irregularidad desde sus primeras etapas y evitar que la autoridad llegue a imponer la cancelación definitiva el certificado digital.
e-firma
Finalmente, el IMCP reconoció los cambios en el IMSS para modernizar los trámites patronales, donde la e.firma del SAT será el único certificado digital válido.
Para los contadores, esta modificación forma parte del proceso de modernización y digitalización de los servicios del IMSS, para fortalecer la seguridad jurídica y tecnológica de los trámites electrónicos.
Se recomendó a los patrones revisar oportunamente la vigencia de su e.firma y la de sus representantes legales, así como realizar la migración al nuevo esquema dentro del plazo previsto para evitar interrupciones en sus operaciones.
Recomendaciones
- Verificar el listado de contribuyentes que no desvirtuaron la presunción de emisión de comprobantes fiscales que amparan operaciones inexistentes.
- Consultar el listado de personas a quienes se les dejó sin efectos el Certificado de Sello Digital (CSD)
- Atender las acciones del programa de vigilancia profunda del SAT, así como los avisos enviados por correo electrónico, Buzón Tributario y mensajes SMS.