SAT: ¿Qué gastos escolares puedes deducir de impuestos? Requisitos y montos máximos

El SAT permite deducir algunos gastos escolares del regreso a clases, siempre que cumplan requisitos y montos máximos.

SAT: ¿Qué gastos escolares puedes deducir de impuestos? Requisitos y montos máximos.
SAT: ¿Qué gastos escolares puedes deducir de impuestos? Requisitos y montos máximos.Cuartoscuro

El regreso a clases representa uno de los periodos de mayor gasto para las familias mexicanas. Sin embargo, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) permite deducir de impuestos algunos gastos escolares, siempre que se cumplan ciertos requisitos y montos máximos establecidos. 

¿Qué gastos escolares sí son deducibles ante el SAT?

Entre los gastos escolares que pueden deducirse del Impuesto Sobre la Renta (ISR) se encuentran:

Colegiaturas:

Los pagos por colegiaturas en escuelas privadas son deducibles desde el nivel preescolar hasta el bachillerato, siempre que no superen los siguientes montos máximos:

  • Preescolar: 14,200 pesos.
  • Primaria: 12,900 pesos.
  • Secundaria: 19,900 pesos.
  • Profesional técnico: 17,100 pesos.
  • Bachillerato o equivalente: 24,500 pesos.
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Para que la deducción sea válida, los pagos deben realizarse mediante medios electrónicos, como transferencia bancaria, cheque nominativo o tarjetas de crédito o débito. Los pagos en efectivo no son deducibles.

Además, la factura electrónica (CFDI) debe incluir el Complemento de Instituciones Educativas Privadas (IEDU), donde se especifican datos como el nivel educativo, el nombre del alumno y el RFC del contribuyente que realizará la deducción.

Transporte escolar obligatorio:

El SAT también permite deducir el transporte escolar, pero únicamente cuando su contratación sea obligatoria para todos los alumnos de la institución educativa.

El Artículo 269 del Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta establece que las escuelas deben acreditar que los recursos obtenidos por este concepto se destinan efectivamente a prestar dicho servicio.

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Si el transporte es opcional o contratado de manera independiente por los padres de familia, este gasto no puede deducirse.

¿Cómo hacer válida la deducción?

Para incluir estos gastos en la declaración anual es indispensable conservar el comprobante fiscal correspondiente.

El SAT señala que la factura debe estar emitida con los datos fiscales correctos del contribuyente y que el pago debe haberse realizado mediante un medio electrónico autorizado.

Otro aspecto importante es que, si durante el mismo ejercicio fiscal un estudiante cursó dos niveles educativos, por ejemplo, terminó la primaria e ingresó a la secundaria, el contribuyente podrá aplicar el límite anual correspondiente al nivel con el monto de deducción más alto.

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¿Qué gastos escolares no son deducibles?

Aunque representan una parte importante del presupuesto familiar durante el regreso a clases, diversos gastos no generan beneficios fiscales, incluso cuando se solicite factura.

Entre los conceptos que el SAT no permite deducir se encuentran:

  • Inscripciones y reinscripciones.
  • Útiles escolares.
  • Material educativo.
  • Libros de texto, consulta o lectura.
  • Uniformes escolares y deportivos.
  • Cursos extracurriculares o talleres no oficiales.
  • Exámenes de admisión o evaluaciones diagnósticas.
  • Cuotas de mantenimiento.
  • Aportaciones voluntarias a asociaciones de padres de familia.

Estos conceptos no cumplen con los requisitos establecidos por la legislación fiscal para ser considerados deducciones personales en el ISR.

mgid