Sheinbaum enviará ley para homologar el feminicidio; plantea penas de hasta 70 años de prisión

La enmienda de acuerdo con la presidenta, tiene como objetivo unificar en todo el país la forma en que este crimen es investigado, sancionado y atendido.

Aunado a lo anterior busca también establecer una pena de 50 a 70 años de prisión para quien prive de la vida a una mujer por razones de género.
Aunado a lo anterior busca también establecer una pena de 50 a 70 años de prisión para quien prive de la vida a una mujer por razones de género.

La Presidenta Claudia Sheinbaum, firmó y envió al Congreso de la Unión la iniciativa de Ley General para prevenir, investigar, sancionar y reparar el daño por el delito de feminicidio con la que se busca homologar este delito y establecer penas de 50 a 70 años de prisión.

“Esta Ley lo que hace es garantizar que en todas las fiscalías se trabaja igual el delito de feminicidio, evitar al máximo que pueda ser catalogado como suicidio, evitar al máximo que si se conoce la presunción del culpable de quien cometió este delito que lamentablemente en la mayoría de los casos es un familiar (...) Esta ley general garantiza que todo eso pueda disminuirse al máximo y que realmente tengamos cero impunidad frente a los feminicidios”, explicó.

La Jefa del Ejecutivo Federal señaló que como la primera mujer Presidenta asumió la responsabilidad de proteger a las mujeres contra la violencia, por lo que se llevó a la Constitución los derechos de las mujeres: la igualdad sustantiva, el derecho a una vida libre de violencia y la eliminación de la brecha salarial.

Sheinbaum Pardo indicó que el delito de feminicidio registra a la fecha una disminución de 36% respecto a 2021. Sin embargo, el ideal es que no haya ni un solo feminicidio en el país.

Al explicar el contenido de la iniciativa, la consejera jurídica del Ejecutivo Federal, Luisa María Alcalde Luján, detalló que la iniciativa de Ley homologa el tipo penal en todo el país, estableciendo textualmente que: “comete el delito de feminicidio la persona que prive de la vida a una mujer por razones de género”.

Luisa María Alcalde expuso que hay 10 razones de género: signos de violencia sexual, antecedentes de violencia contra la víctima, delito motivado por estereotipos o prejuicios, contextos de asimetría de poder, entre otros. Se indica una pena de 50 a 70 años de prisión. Se establecen 19 agravantes que aumentan la pena en una mitad: la víctima esté embarazada o viva con discapacidad; sea periodista, defensora de los derechos humanos o migrante; se cometa por una persona funcionaria pública y la víctima presenta signos de violencia como ataques con ácido o sustancias inflamables.

Además de la pena privativa de libertad, el responsable también: perderá derechos sucesorios, perderá la tutela, curatela, guarda y custodia; perderá la patria potestad; será destituido e inhabilitado para el desempeño de cualquier cargo público. Se prohíben excusas absolutorias o atenuantes por el delito de feminicidio; el delito, su sanción y la reparación de daño son imprescriptibles, no proceden criterios de oportunidad, conmutación de pena, libertad condicionada, ni amnistías.

Por parte de la titular de la Fiscalía Especializada en Delitos de Violencia contra las Mujeres, Maribel Bojorges Beltrán, informó que esta iniciativa parte de la premisa fundamental de investigar con la debida diligencia el feminicidio que deberá de realizarse con perspectiva de género, la debida diligencia reforzada, los análisis de contexto de violencia, la preservación adecuada de indicios y una coordinación entre instituciones de seguridad, procuración de justicia y, sobre todo, la atención a víctimas.

La Unidad o Fiscalía Especializada que hubiera iniciado la investigación, así como el Ministerio Público adscrito a la misma, deberán intervenir de manera continua en todas las etapas del procedimiento penal desde su inicio y hasta la ejecución de las sanciones para garantizar la debida diligencia, la continuidad procesal y la protección integral de los derechos de las víctimas.

Por último, la subsecretaria del Derecho a una Vida Libre de Violencias de la Secretaría de las Mujeres, Ingrid Gómez Saracibar, puntualizó que la Ley también reconoce los derechos de las víctimas, como lo son: acceso a la verdad y la justicia, atención médica y psicológica de urgencia para sobrevivientes y víctimas indirectas, asistencia jurídica especializada y gratuita, atención integral para niñas, niños y adolescentes en orfandad, restitución o entrega del cuerpo de manera digna, respetuosa y asistida, servicios de traducción e interpretación.

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