Antimonopolio inicia verificación de preponderancia en televisoras
La CNA tiene atribuciones para resolver los asuntos en materia de competencia económica, preponderancia y participación cruzada en el sector de telecomunicaciones y radiodifusión

Durante el segundo trimestre de 2026, la Comisión Nacional Antimonopolio (CNA) comenzó un proceso relacionado con las medidas de preponderancia de Televisa.
“Se inició un procedimiento de verificación del cumplimiento de las medidas de regulación asimétrica impuestas al agente económico preponderante en radiodifusión, derivadas de diversas resoluciones emitidas por el extinto IFT”, detalla el regulador en su segundo informe trimestral de 2026.
Tras la reforma constitucional en materia de simplificación orgánica, la reforma a la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE) y la publicación de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión de 2025, la CNA tiene atribuciones para resolver los asuntos en materia de competencia económica, preponderancia y participación cruzada en el sector de telecomunicaciones y radiodifusión.
Además, la Comisión menciona que, en su sesión del 28 de mayo de este año, resolvió declarar que TV Ocho, dejó de formar parte del grupo de interés económico declarado como Agente Económico Preponderante en Radiodifusión (AEPR).
“El Pleno de la Comisión resolvió por unanimidad declarar que TV Ocho, S.A. de C.V. dejó de formar parte del grupo de interés económico declarado como Agente Económico Preponderante en Radiodifusión (AEPR)”.
El regulador detalló que, a partir de que surtió efectos la notificación, la empresa dejó de estar obligada a cumplir con la regulación asimétrica aplicable al preponderante en radiodifusión.
Por otra parte, la Comisión adelantó que hay en curso una investigación relacionada con el mercado de internet en Baja California.

Más de 10 años
En 2014, tras la reforma en telecomunicaciones y la Ley Federal en Telecomunicaciones y Radiodifusión, Grupo Televisa fue considerada por el ahora extinto Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) como agente económico preponderante en el mercado de radiodifusión.
Los agentes preponderantes son aquellos que concentran más de 50% de participación nacional en audiencia, usuarios, tráfico o capacidad de infraestructura.
Entre las medidas asimétricas que la empresa debe cumplir se encuentran la publicación de ofertas de referencia para compartir infraestructura pasiva, restricciones para celebrar contratos de exclusividad en la adquisición de contenidos relevantes, reglas de transparencia comercial, límites para obstaculizar el acceso de competidores a infraestructura y mecanismos de supervisión permanente.
Litigios
La Comisión señaló en su informe que, al cierre de 2025, había pendientes 280 juicios de amparo, de los cuales 276 corresponden a asuntos de competencia económica, donde los cuatro restantes están relacionados con otras materias.
El regulador indicó que estos procedimientos no forman parte de los asuntos tramitados directamente por la Comisión.
