SAT: ¿Qué pasa si recibes depósitos en efectivo y no los declaras?

Aunque los depósitos en efectivo no generan un impuesto especial por sí mismos, el SAT puede revisarlos

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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) mantiene una supervisión sobre los depósitos en efectivo realizados en cuentas bancarias, con el objetivo de detectar posibles ingresos no declarados. Muchas personas desconocen las consecuencias de no reportar correctamente este tipo de movimientos.

Aunque los depósitos en efectivo no generan un impuesto especial por sí mismos, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) puede revisarlos cuando detecta inconsistencias entre los ingresos declarados por un contribuyente y los movimientos registrados en sus cuentas bancarias.

¿Cuándo reportan los bancos los depósitos en efectivo al SAT?

La Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) indica que los bancos deben avisar al SAT cuando una persona deposita en efectivo más de 15 mil pesos al mes en una misma institución financiera.

Este reporte no implica el cobro de un impuesto ni genera automáticamente una auditoría. Se trata únicamente de información que la autoridad puede utilizar dentro de sus procesos de fiscalización.

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Cuartoscuro

El SAT ha reiterado en diversas ocasiones que es falso que cobre impuestos por el simple hecho de recibir depósitos en efectivo. Asimismo, ha señalado que tampoco vigila ni sanciona movimientos relacionados con gastos familiares, préstamos personales, tandas o transferencias entre familiares.

No obstante, cuando existe una revisión fiscal, el contribuyente podría verse obligado a demostrar el origen de los recursos depositados.

¿En qué casos el SAT puede revisar tus depósitos?

La autoridad fiscal puede iniciar una revisión cuando detecta diferencias significativas entre los ingresos reportados por un contribuyente y los recursos que observa a través de distintos mecanismos de fiscalización.

Entre los elementos que pueden llamar la atención del SAT se encuentran:

  • Los ingresos declarados ante la autoridad.
  • Los depósitos en efectivo reportados por las instituciones financieras.
  • Los gastos, compras o adquisiciones realizadas por el contribuyente.
  • Otras erogaciones que no coincidan con los ingresos manifestados.
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De acuerdo con el Código Fiscal de la Federación, durante una auditoría el SAT puede presumir como ingresos los depósitos bancarios cuyo origen no pueda ser acreditado o que no estén registrados correctamente en la contabilidad.

Para las personas físicas también existe la figura de discrepancia fiscal, que se presenta cuando una persona realiza gastos superiores a los ingresos que declaró ante la autoridad sin contar con documentación que justifique la diferencia.

¿Qué ocurre si no puedes justificar los depósitos?

Superar los 15 mil pesos mensuales en depósitos en efectivo no implica por sí mismo una sanción inmediata. La situación se complica cuando el SAT, tras una revisión, concluye que esos montos corresponden a ingresos no reportados o declarados de forma incompleta.

En esos casos, la autoridad puede exigir el pago del ISR correspondiente, además de aplicar actualizaciones y recargos.

También puede imponer multas por incumplimientos fiscales e incluso iniciar procedimientos adicionales previstos en el Código Fiscal de la Federación cuando detecte irregularidades más graves.

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Por ello, los especialistas sugieren que los contribuyentes mantengan documentación que respalde el origen de los recursos, ya sea para comprobar que ya fueron declarados, que están exentos de impuestos, que no son ingresos gravables o que provienen de fuentes claramente identificables.

¿Cómo evitar problemas con el SAT?

Para evitar complicaciones ante una eventual revisión, es recomendable conservar toda la evidencia relacionada con el origen de los depósitos.

Entre los documentos que pueden servir como respaldo se encuentran facturas o CFDI cuando el dinero proviene de una actividad económica, contratos de préstamo o mutuo en caso de financiamiento entre particulares, contratos de compraventa cuando se trata de la venta de algún bien y comprobantes de transferencias entre cuentas propias.

Asimismo, los estados de cuenta y cualquier documento que permita acreditar la procedencia de los recursos pueden ser útiles para demostrar que no existe un ingreso omitido.

Los especialistas también recomiendan revisar que los ingresos que debían reportarse hayan sido incluidos correctamente en la declaración anual o en los pagos provisionales correspondientes al régimen fiscal de cada contribuyente.

mgid