CFE endurece reglas: podrá suspender contratos y ofertas

CFE establece las condiciones para suspender la recepción de ofertas y firma de contratos en adquisiciones, servicios, arrendamientos y obras.

CFE endurece reglas: podrá suspender contratos y ofertas.
CFE endurece reglas: podrá suspender contratos y ofertas.Cuartoscuro

La Comisión Federal de Electricidad (CFE) emitió las directrices que van a determinan las condiciones bajo las cuales suspenderá la recepción de ofertas y la firma de contratos, principalmente en materia de adquisiciones, arrendamientos, servicios y ejecución de obras.

La política publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) establece que la empresa pública omitirá considerar propuestas o formalizar acuerdos comerciales con personas físicas o morales que incurran en conflictos de interés corporativo o institucional, mantengan inhabilitaciones comerciales, profesionales o administrativas emitidas por instancias competentes.

Del mismo modo, no podrán participar empresas u ofertantes con antecedentes de sanciones o incumplimientos.

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La normativa también bloquea la participación a concursantes que registren incumplimientos previos no solventados o contratos rescindidos por causas imputables en los dos años calendario anteriores, hayan obtenido información privilegiada de manera irregular, presenten múltiples ofertas bajo un esquema de control común.

Según el documento, esta restricción también aplica a proveedores que hayan realizado trabajos previos de análisis, control de calidad, coordinación de obra o diseño de especificaciones técnicas vinculadas directamente con el procedimiento de contratación en curso, salvo los supuestos donde la información técnica sea pública y equitativa para la totalidad de los concursantes.

Uno de los puntos que destaca esta política, tiene que ver con impedir que participen empresas que hayan entregado documentación falsa, se encuentren bajo declaración judicial de concurso mercantil o utilicen sustitutos para evadir las restricciones establecidas.

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En el ámbito de las obligaciones fiscales y de seguridad social indispensables para la formalización contractual, los proveedores ganadores deben entregar de forma previa a la firma la opinión vigente de cumplimiento en sentido positivo emitida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), entre otros.

La CFE explica que la omisión de estas reglas o dichas constancias fiscales, dentro del plazo establecido, se tipifica como causa imputable a la persona concursante, lo que impide la formalización del contrato adjudicado.

EL DATO

Otros:

  • No podrán participar empresas u ofertantes con antecedentes de sanciones o incumplimientos.

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