AFAC reglamenta asignación de horarios; aeropuertos con potencial de saturación
La normativa busca prevenir y mitigar riesgos de saturación en las infraestructuras aeroportuarias

La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), a través de la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC), hizo públicos los Lineamientos Generales para la asignación de horarios de aterrizaje y despegue en aeródromos civiles de servicio al público con potencial de saturación Nivel 2.
La normativa busca prevenir y mitigar riesgos de saturación en las infraestructuras aeroportuarias durante periodos de alta demanda diaria, semanal o de temporada. Las disposiciones entran en vigor este sábado 5 de septiembre e imponen un cumplimiento obligatorio para concesionarios, asignatarios aeroportuarios, administradores, operadores aéreos y el prestador de servicios a la navegación aérea.
El esquema normativo clasifica como Nivel 2 a las terminales cuya capacidad operativa presenta un riesgo de congestión que puede gestionarse sin necesidad de una declaración formal de saturación (Nivel 3). A diferencia de los aeropuertos en condición de saturación crítica, el mecanismo se basa en un proceso de facilitación de horarios donde los ajustes de franjas horarias (slots) se realizan de mutuo acuerdo entre las aerolíneas y los administradores aeroportuarios.
“La asignación de horarios de aterrizaje y despegue en aeródromos civiles de servicio al público clasificados con potencial de saturación Nivel 2, debe realizarse de forma imparcial, transparente y no discriminatoria a las personas transportistas aéreas”, indica el documento publicado en el Diario Oficial de la Federación.
Orden
La asignación de franjas se realizará conforme a los límites de capacidad declarados por hora, el orden priorizará a los servicios regulares de pasajeros, seguido de transporte aéreo no regular de pasajeros (fletamento), servicios regulares de carga y transporte aéreo no regular de carga (fletamento).
La autoridad resalta que para sustentar las asignaciones, los administradores de los aeropuertos deberán actualizar sus estudios de capacidad operativa dos veces al año, previamente a la publicación de los parámetros de coordinación de cada temporada de verano e invierno.
Los estudios deberán considerar variables de campo aéreo como pistas, calles de rodaje, plataformas, capacidad de pasajeros por hora en edificios terminales y restricciones ambientales. “Las propuestas de parámetros deberán contar con la autorización explícita de la AFAC antes de ponerse a disposición de las aerolíneas”.
La medida se alinea con las metas de conectividad e infraestructura estratégica proyectadas en el Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030, orientadas a optimizar la competitividad económica y el transporte aéreo en el país.